Cuando la homosexualidad se convirtió en delito: Ley de Vagos y Maleantes (1954)

La represión franquista hacia los homosexuales fue una constante a lo largo de la dictadura. No obstante, durante casi las dos primeras décadas de vida de la misma no existió una legislación específica que considerara a la homosexualidad como un delito, pero sí que el régimen se amparó en nuevas leyes como el artículo 431 introducido en la reforma del Código Penal de 1944, el cual incurría penas para aquellos que cometiesen delitos de escándalo público, por lo que los actos homosexuales eran castigados cuando salían del ámbito privado y tenían repercusión social[1].

Otro instrumento que aprovecharon las autoridades franquistas para castigar a los homosexuales fue la Ley de Vagos y Maleantes, promulgada durante el bienio reformista del gobierno republicano en 1933 y conocida popularmente como “la Gandula”, que, aunque la ley no establecía aún la homosexualidad como delito, fue a comienzos de los cuarenta cuando los jueces comenzaron a utilizarla para reprimir lo que se denominó en la época las “desviaciones sexuales”[2]. Por tanto, antes de 1954 todas las persecuciones y detenciones hacia los homosexuales fueron, en teoría, ilegales porque en los cuerpos jurídicos existentes no aparecía la homosexualidad como conducta sometida bajo vigilancia.

La situación cambió a partir de la década de los cincuenta cuando España salía de su aislamiento y comenzaba a integrarse en el orden mundial de posguerra estableciendo relaciones con Estados Unidos y sus países aliados, lo cual contribuyó a que llegasen emigrantes, sobre todo norteamericanos, a las grandes ciudades, lo cual supuso la entrada en el país de una nueva cultura aperturista. A pesar de que en otros países existía un estigma hacia el homosexual, lo cierto es que las relaciones homosexuales gozaban de un mayor grado de tolerancia en comparación con España.

La llegada de emigrantes de esos países contribuyó al proselitismo de la homosexualidad y un incremento de la misma en España, por lo que comenzó a gestarse un sentimiento de alarma entre la clase dirigente y en determinadas instancias judiciales[3]. Como resultado, a mediados de los cincuenta se decidió el endurecimiento de la legislación represiva. El 15 de julio de 1954 fue reformada la Ley de Vagos y Maleantes de 1933 introduciendo al homosexual como un elemento perjudicial para la sociedad. El texto dice así: “a los homosexuales, rufianes y proxenetas, a los mendigos profesionales y a los que vivan de la mendicidad ajena, exploten menores de edad, enfermos mentales o lisiados, se les aplicarán las siguientes medidas: internado en un establecimiento de trabajo o Colonia Agrícola. Los homosexuales sometidos a esta medida de seguridad deberán ser internados en Instituciones especiales y, en todo caso, con absoluta separación de los demás; prohibición de residir en determinado lugar y obligación de declarar su domicilio; y sumisión a la vigilancia de los delegados.”[4].

A partir de entonces, la homosexualidad era considerada un delito y, por tanto, punible. El internamiento se realizaba en dichos establecimientos especiales, entre los cuales se encontraba la Prisión Provincial de Córdoba, durante un tiempo de seis meses a tres años[5]. Pero, al no definirse las características específicas que debían reunir los centros de reeducación, numerosos homosexuales condenados entre 1954 y 1970, cumplieron las medidas de seguridad en establecimientos penitenciarios comunes[6]. En los centros penitenciarios funcionaba un riguroso sistema de aislamiento y en modo alguno se procedía a su rehabilitación a través de trabajos forzosos. Sin embargo, lo más frecuente era que los jóvenes con escasa experiencia e identidad sexual saliesen reafirmados en su homosexualidad, tras haber entablado relaciones con otros reclusos.

Teóricamente a esta norma quedaban sujetos los mayores de 18 años, pero en la práctica acabaron encarcelados al igual que los adultos[7]. La ley se aplicaba a los elementos más visibles y vulnerables del mundo homosexual. La mayoría de ellos eran sorprendidos en urinarios y en otros espacios públicos donde las fuerzas del orden tenían todo a su favor para tender trampas o efectuar redadas.

Paseos por parques a horas poco habituales, los contactos durante las sesiones de cine o la asistencia a locales identificados como lugares de reunión de “invertidos”, eran pretextos más que suficientes para que cualquiera fuese detenido. A veces simplemente la forma de andar o expresarse bastaba para encerrar a un individuo en el calabozo de una comisaría[8].

Autora: Zoraida Jaime González para revistadehistoria.es

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Bibliografía:

[1] Olmeda, Fernando. (2004). El látigo y la pluma. Homosexuales en la España de Franco. Madrid: Grupo Anaya. p. 36.

[2] Jurado Marín, Lucas. (2014) Identidad. Represión hacia los homosexuales en el franquismo. Málaga: Editorial La Calle. pp. 64-66.

[3] Olmeda, Fernando. (2004). pp. 97-98.

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1 Comment

  1. pedro
    09/09/2021 @ 14:47

    La Ley de Vagos y maleantes, no es una Ley franquista fue echa por la II Republica , es facil comprobar pues logicamente se publico en el BOP, entre otras cosas hicieron los campos de concentracion, y reprimia cualquier acto asocial, no creo haga falta entrar en mas.

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