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Español o castellano

Existe confusión sobre si el idioma que se habla es español o castellano y ni tan siquiera los expertos se ponen de acuerdo a la hora de establecer unos parámetros generales. Este problema se da tanto en España como en los países de habla hispana.

Español o castellano

En este sentido, la RAE afirma que “para designar la lengua común de España y de muchas naciones de América, y que también se habla como propia en otras partes del mundo, son válidos los términos castellano y español” (…). El término español, prosigue la RAE, “resulta más recomendable por carecer de ambigüedad”, ya que se refiere de modo unívoco a la lengua que hablan hoy cerca de seiscientos millones de personas (según el Instituto Cervantes). Es la denominación, por tanto, que se utiliza internacionalmente (Spanish, espagnol, Spanisch, spagnolo, etc.). Sin embargo, especifica que “aun siendo también sinónimo de español, resulta preferible reservar el término castellano para referirse al dialecto románico nacido en el Reino de Castilla durante la Edad Media, o al dialecto del español que se habla actualmente en esta región (…) En España, se usa asimismo el nombre castellano cuando se alude a la lengua común del Estado en relación con las otras lenguas cooficiales en sus respectivos territorios autónomos, como el catalán, el gallego o el vasco”.

Sin embargo, la Constitución Española de 1978 presenta cierta ambigüedad en sus artículos 2 y 3, referentes a la nación y a la lengua de España, en los cuales deja cierta confusión. En este sentido, el articulo número 2 de la Constitución Española establece que “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Es decir, mientras se establece que España es una nación, al mismo tiempo, y aquí surge el problema, reconoce que hay distintas nacionalidades dentro de esa nación, que a su vez tienen derecho de autonomía.

Continuando con la Constitución, el articulo numero 3, con respecto a la lengua también supone un problema de redacción y, consiguientemente, de interpretación al afirmar que “El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla” (…) “Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos” (…) “La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección”.

Es decir, se parte de que España es una nación que contiene nacionalidades y que tiene cuatro idiomas oficiales o cooficiales dentro del Estado Español. Según el articulo numero 3 de la Constitución se establece que el castellano sería el idioma oficial pero que, a su vez, hay otras lenguas que comparten oficialidad dentro de lo establecido en los respectivos Estatutos de Autonomía. En este sentido, el castellano es el idioma que todos los españoles deberían conocer y usar por derecho, pero no es un idioma obligatorio en España ya que así lo reconoce la Carta Magna de 1978.

Es decir, mientras que la RAE establece una cosa, la Constitución, por otro lado, establece otra diferente. Entonces, ¿a quién hay que creer?

Los expertos de la lengua, es decir la RAE, continua su explicación afirmando que “diremos siempre español, excepto cuando nos refiramos al dialecto medieval o al que se habla actualmente en Castilla, o cuando queramos diferenciarlo de las demás lenguas cooficiales de España (catalán, gallego y vasco)”.

La problemática es notoria tanto en España como en los países de habla hispana ya que no se sabe si emplear el término castellano o español y, por supuesto, supone una gran confusión al no haber univocidad entre los expertos en la lengua y los que aplican o interpretan la Constitución.

Si atendemos a la Constitución el idioma de España es aquel que sea oficial en cada Comunidad Autónoma, por norma general, el castellano, pero dejando la puerta abierta a la interpretación constitucional sobre las otras lenguas oficiales, mientras que si atendemos a lo que establece la RAE el idioma de España y de los países hispanohablantes sería el español o castellano, sinónimo este del primero.

Se podría afirmar que, en España, a excepción de las regiones de Galicia, Cataluña y País Vasco, en el resto de España, de manera general y aceptando las posibles variantes en cuanto a expresiones o pronunciación, el idioma sería el castellano. Además, tras el hito histórico que se produce en 1492, el idioma de Hispano América sería el castellano, que actuaría como sinónimo del español.

Debido a que la mayoría de los conquistadores y exploradores que llegaron a América eran castellanos (procedentes de la Corona de Castilla, no de lo que hoy es Castilla) el idioma que se ha quedado como español es el castellano, reconocido internacionalmente, a su vez, como español. Un idioma que tiene el honor de ser el cuarto idioma mas hablado del mundo con cerca de 585 millones de hablantes (Instituto Cervantes), de los cuales 460 millones son hablantes nativos (es decir, más del 6% de la población mundial). Si tenemos en cuenta el desarrollo y la importancia del idioma español en el mundo, nuevamente, el Instituto Cervantes estima que para dentro de 40 años, aproximadamente, la cifra de hispanohablantes alcance su cenit con unos 725 millones de hablantes.

La confusión, por tanto, estriba en la ambigüedad entre lo que se considera español y lo que se considera castellano. Pues si el español es el idioma que se habla fuera de España, dentro de España son españoles los idiomas catalán, vasco, castellano y gallego, así reconocidos en la Constitución. A nivel internacional seria correcto establecer que se habla un idioma español, concretamente, el castellano, que ha pasado a tener millones de hablantes convirtiéndose a su vez en el idioma español.

Los errores de interpretación y terminología a la hora de establecer cómo se debería determinar el idioma en cuestión, vienen determinados por la ambigüedad de la Constitución Española de 1978 ya que pone sobre la mesa cuatro lenguas oficiales en España, de tal modo que, si en una región fuera de España se hablase catalán, vasco, o gallego, se podría considerar que esa región habla español también por ser estas lenguas oficiales de España.

Si atendemos a la historia, la Constitución de la Republica española de 1931 fue la primera en establecer el idioma oficial del Estado español en su texto, de manera mas clara y concisa, de tal forma que, en el artículo número 4, hacía referencia al idioma, en términos similares a los actuales, de la siguiente manera: “El castellano es el idioma oficial de la República. Todo español tiene obligación de saberlo y derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o regiones. Salvo lo que se disponga en leyes especiales, a nadie se le podrá exigir el conocimiento ni el uso de ninguna lengua regional”. Es decir, la Republica de 1931 no deja lugar a dudas ya que denomina a la lengua oficial como castellano y además pone de manifiesto la obligatoriedad de hablarlo, mientras que en la Constitución del 78 se habla de deber de conocerla a la vez que se reconocen otras lenguas oficiales como españolas.

Por lo tanto, en resumen, el tema del idioma español es un tema delicado y ambiguo ya que, legalmente, acepta varias interpretaciones que, asimismo, se prestan a confusión. Podríamos considerar, pues así está establecido internacionalmente, que el español es un idioma que hablan cerca de seiscientos millones de personas en el mundo, mientras que, en España, este mismo idioma, engloba cuatro lenguas oficiales que no son obligatorias. En este sentido, y para concluir, el español que se habla internacionalmente es el castellano mientras que, a nivel nacional, debido a que España es reconocida como una nación en la Constitución, habría cuatro clases de español que serian el castellano, el catalán, el vasco o euskera y el gallego.

El problema, para finalizar, se debe a una mala redacción en la Constitución Española que reconoce varias nacionalidades dentro de una nación y varias lenguas oficiales que, a su vez, coinciden con esas nacionalidades. Por ello, este tema se ha interpretado por sectores independentistas como algo de vital importancia en sus discursos, sin que por ello sea ilegal sino ambiguo, abriéndose un gran abanico de interpretaciones de la ley. Es por ello que estos sectores se refieran al idioma castellano como español para remarcar la no pertenencia a España de sus territorios, usando sus idiomas como armas ideológicas, aprovechando, repito, la redacción de los artículos numero 2 y 3 de la Constitución, entre otros.

Así, pues, el español debería ser el castellano ya que así lo ha reconocido la comunidad internacional o la RAE, sin que por ello se desprecien a las demás lenguas cooficiales de España, ya que el castellano es el cuarto idioma mas hablado del mundo. Por ello, ya que esta así aceptado, nos debemos referir al idioma que hablamos como español y no castellano, exceptuando situaciones que se den dentro de España entre las diferentes lenguas españolas, para diferenciarlas.

Autor: Álvaro González Díaz para revistadehistoria.es

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1 Comment

  1. Mandrake
    09/11/2021 @ 09:20

    Seamos claros: Cuando yo iba a la escuela en los 80, se estudiaba lengua española. En la actualidad se estudia lengua castellana ( por lo menos donde yo resido) ¿por que ese cambio? Muy fácil, por la presión nacionalista y la ingeniería social con la que nos bombardean los gobiernos social-comunistas y sus periodistas palmeros. Lo triste es que mucha gente sin carácter lo copian. Si les preguntan a un sudamericano , el 99% le dirá que habla español.

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