EspaƱol o castellano

Existe confusiĆ³n sobre si el idioma que se habla es espaƱol o castellano y ni tan siquiera los expertos se ponen de acuerdo a la hora de establecer unos parĆ”metros generales. Este problema se da tanto en EspaƱa como en los paĆ­ses de habla hispana.

EspaƱol o castellano

En este sentido, la RAE afirma que ā€œpara designar la lengua comĆŗn de EspaƱa y de muchas naciones de AmĆ©rica, y que tambiĆ©n se habla como propia en otras partes del mundo, son vĆ”lidos los tĆ©rminos castellanoĀ yĀ espaƱolā€ (ā€¦). El tĆ©rminoĀ espaƱol, prosigue la RAE,Ā ā€œresulta mĆ”s recomendable por carecer de ambigĆ¼edadā€, ya que se refiere de modo unĆ­voco a la lengua que hablan hoy cerca de seiscientos millones de personas (segĆŗn el Instituto Cervantes). Es la denominaciĆ³n, por tanto, que se utiliza internacionalmente (Spanish, espagnol, Spanisch, spagnolo,Ā etc.). Sin embargo, especifica que ā€œaun siendo tambiĆ©n sinĆ³nimo deĀ espaƱol,Ā resulta preferible reservar el tĆ©rminoĀ castellanoĀ para referirse al dialecto romĆ”nico nacido en el Reino de Castilla durante la Edad Media, o al dialecto del espaƱol que se habla actualmente en esta regiĆ³n (ā€¦) En EspaƱa, se usa asimismo el nombreĀ castellanoĀ cuando se alude a la lengua comĆŗn del Estado en relaciĆ³n con las otras lenguas cooficiales en sus respectivos territorios autĆ³nomos, como el catalĆ”n, el gallego o el vascoā€.

Sin embargo, la ConstituciĆ³n EspaƱola de 1978 presenta cierta ambigĆ¼edad en sus artĆ­culos 2 y 3, referentes a la naciĆ³n y a la lengua de EspaƱa, en los cuales deja cierta confusiĆ³n. En este sentido, el articulo nĆŗmero 2 de la ConstituciĆ³n EspaƱola establece que ā€œLa ConstituciĆ³n se fundamenta en la indisoluble unidad de la NaciĆ³n espaƱola, patria comĆŗn e indivisible de todos los espaƱoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomĆ­a de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellasā€. Es decir, mientras se establece que EspaƱa es una naciĆ³n, al mismo tiempo, y aquĆ­ surge el problema, reconoce que hay distintas nacionalidades dentro de esa naciĆ³n, que a su vez tienen derecho de autonomĆ­a.

Continuando con la ConstituciĆ³n, el articulo numero 3, con respecto a la lengua tambiĆ©n supone un problema de redacciĆ³n y, consiguientemente, de interpretaciĆ³n al afirmar que ā€œEl castellano es la lengua espaƱola oficial del Estado. Todos los espaƱoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarlaā€ (ā€¦) ā€œLas demĆ”s lenguas espaƱolas serĆ”n tambiĆ©n oficiales en las respectivas Comunidades AutĆ³nomas de acuerdo con sus Estatutosā€ (ā€¦) ā€œLa riqueza de las distintas modalidades lingĆ¼Ć­sticas de EspaƱa es un patrimonio cultural que serĆ” objeto de especial respeto y protecciĆ³nā€.

Es decir, se parte de que EspaƱa es una naciĆ³n que contiene nacionalidades y que tiene cuatro idiomas oficiales o cooficiales dentro del Estado EspaƱol. SegĆŗn el articulo numero 3 de la ConstituciĆ³n se establece que el castellano serĆ­a el idioma oficial pero que, a su vez, hay otras lenguas que comparten oficialidad dentro de lo establecido en los respectivos Estatutos de AutonomĆ­a. En este sentido, el castellano es el idioma que todos los espaƱoles deberĆ­an conocer y usar por derecho, pero no es un idioma obligatorio en EspaƱa ya que asĆ­ lo reconoce la Carta Magna de 1978.

Es decir, mientras que la RAE establece una cosa, la ConstituciĆ³n, por otro lado, establece otra diferente. Entonces, Āæa quiĆ©n hay que creer?

Los expertos de la lengua, es decir la RAE, continua su explicaciĆ³n afirmando que ā€œdiremos siempre espaƱol, excepto cuando nos refiramos al dialecto medieval o al que se habla actualmente en Castilla, o cuando queramos diferenciarlo de las demĆ”s lenguas cooficiales de EspaƱa (catalĆ”n, gallego y vasco)ā€.

La problemĆ”tica es notoria tanto en EspaƱa como en los paĆ­ses de habla hispana ya que no se sabe si emplear el tĆ©rmino castellano o espaƱol y, por supuesto, supone una gran confusiĆ³n al no haber univocidad entre los expertos en la lengua y los que aplican o interpretan la ConstituciĆ³n.

Si atendemos a la ConstituciĆ³n el idioma de EspaƱa es aquel que sea oficial en cada Comunidad AutĆ³noma, por norma general, el castellano, pero dejando la puerta abierta a la interpretaciĆ³n constitucional sobre las otras lenguas oficiales, mientras que si atendemos a lo que establece la RAE el idioma de EspaƱa y de los paĆ­ses hispanohablantes serĆ­a el espaƱol o castellano, sinĆ³nimo este del primero.

Se podrĆ­a afirmar que, en EspaƱa, a excepciĆ³n de las regiones de Galicia, CataluƱa y PaĆ­s Vasco, en el resto de EspaƱa, de manera general y aceptando las posibles variantes en cuanto a expresiones o pronunciaciĆ³n, el idioma serĆ­a el castellano. AdemĆ”s, tras el hito histĆ³rico que se produce en 1492, el idioma de Hispano AmĆ©rica serĆ­a el castellano, que actuarĆ­a como sinĆ³nimo del espaƱol.

Debido a que la mayorĆ­a de los conquistadores y exploradores que llegaron a AmĆ©rica eran castellanos (procedentes de la Corona de Castilla, no de lo que hoy es Castilla) el idioma que se ha quedado como espaƱol es el castellano, reconocido internacionalmente, a su vez, como espaƱol. Un idioma que tiene el honor de ser el cuarto idioma mas hablado del mundo con cerca de 585 millones de hablantes (Instituto Cervantes), de los cuales 460 millones son hablantes nativos (es decir, mĆ”s del 6% de la poblaciĆ³n mundial). Si tenemos en cuenta el desarrollo y la importancia del idioma espaƱol en el mundo, nuevamente, el Instituto Cervantes estima que para dentro de 40 aƱos, aproximadamente, la cifra de hispanohablantes alcance su cenit con unos 725 millones de hablantes.

La confusiĆ³n, por tanto, estriba en la ambigĆ¼edad entre lo que se considera espaƱol y lo que se considera castellano. Pues si el espaƱol es el idioma que se habla fuera de EspaƱa, dentro de EspaƱa son espaƱoles los idiomas catalĆ”n, vasco, castellano y gallego, asĆ­ reconocidos en la ConstituciĆ³n. A nivel internacional seria correcto establecer que se habla un idioma espaƱol, concretamente, el castellano, que ha pasado a tener millones de hablantes convirtiĆ©ndose a su vez en el idioma espaƱol.

Los errores de interpretaciĆ³n y terminologĆ­a a la hora de establecer cĆ³mo se deberĆ­a determinar el idioma en cuestiĆ³n, vienen determinados por la ambigĆ¼edad de la ConstituciĆ³n EspaƱola de 1978 ya que pone sobre la mesa cuatro lenguas oficiales en EspaƱa, de tal modo que, si en una regiĆ³n fuera de EspaƱa se hablase catalĆ”n, vasco, o gallego, se podrĆ­a considerar que esa regiĆ³n habla espaƱol tambiĆ©n por ser estas lenguas oficiales de EspaƱa.

Si atendemos a la historia, la ConstituciĆ³n de la Republica espaƱola de 1931 fue la primera en establecer el idioma oficial del Estado espaƱol en su texto, de manera mas clara y concisa, de tal forma que, en el artĆ­culo nĆŗmero 4, hacĆ­a referencia al idioma, en tĆ©rminos similares a los actuales, de la siguiente manera: ā€œEl castellano es el idioma oficial de la RepĆŗblica. Todo espaƱol tiene obligaciĆ³n de saberlo y derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o regiones. Salvo lo que se disponga en leyes especiales, a nadie se le podrĆ” exigir el conocimiento ni el uso de ninguna lengua regionalā€. Es decir, la Republica de 1931 no deja lugar a dudas ya que denomina a la lengua oficial como castellano y ademĆ”s pone de manifiesto la obligatoriedad de hablarlo, mientras que en la ConstituciĆ³n del 78 se habla de deber de conocerla a la vez que se reconocen otras lenguas oficiales como espaƱolas.

Por lo tanto, en resumen, el tema del idioma espaƱol es un tema delicado y ambiguo ya que, legalmente, acepta varias interpretaciones que, asimismo, se prestan a confusiĆ³n. PodrĆ­amos considerar, pues asĆ­ estĆ” establecido internacionalmente, que el espaƱol es un idioma que hablan cerca de seiscientos millones de personas en el mundo, mientras que, en EspaƱa, este mismo idioma, engloba cuatro lenguas oficiales que no son obligatorias. En este sentido, y para concluir, el espaƱol que se habla internacionalmente es el castellano mientras que, a nivel nacional, debido a que EspaƱa es reconocida como una naciĆ³n en la ConstituciĆ³n, habrĆ­a cuatro clases de espaƱol que serian el castellano, el catalĆ”n, el vasco o euskera y el gallego.

El problema, para finalizar, se debe a una mala redacciĆ³n en la ConstituciĆ³n EspaƱola que reconoce varias nacionalidades dentro de una naciĆ³n y varias lenguas oficiales que, a su vez, coinciden con esas nacionalidades. Por ello, este tema se ha interpretado por sectores independentistas como algo de vital importancia en sus discursos, sin que por ello sea ilegal sino ambiguo, abriĆ©ndose un gran abanico de interpretaciones de la ley. Es por ello que estos sectores se refieran al idioma castellano como espaƱol para remarcar la no pertenencia a EspaƱa de sus territorios, usando sus idiomas como armas ideolĆ³gicas, aprovechando, repito, la redacciĆ³n de los artĆ­culos numero 2 y 3 de la ConstituciĆ³n, entre otros.

Asƭ, pues, el espaƱol deberƭa ser el castellano ya que asƭ lo ha reconocido la comunidad internacional o la RAE, sin que por ello se desprecien a las demƔs lenguas cooficiales de EspaƱa, ya que el castellano es el cuarto idioma mas hablado del mundo. Por ello, ya que esta asƭ aceptado, nos debemos referir al idioma que hablamos como espaƱol y no castellano, exceptuando situaciones que se den dentro de EspaƱa entre las diferentes lenguas espaƱolas, para diferenciarlas.

Autor: Ɓlvaro GonzƔlez Dƭaz para revistadehistoria.es

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1 Comment

  1. Mandrake
    09/11/2021 @ 09:20

    Seamos claros: Cuando yo iba a la escuela en los 80, se estudiaba lengua espaƱola. En la actualidad se estudia lengua castellana ( por lo menos donde yo resido) Āæpor que ese cambio? Muy fĆ”cil, por la presiĆ³n nacionalista y la ingenierĆ­a social con la que nos bombardean los gobiernos social-comunistas y sus periodistas palmeros. Lo triste es que mucha gente sin carĆ”cter lo copian. Si les preguntan a un sudamericano , el 99% le dirĆ” que habla espaƱol.

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